Los organismos fiscales autónomos



    El Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 2°, dice que las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. En México existen organismos autónomos que tienen carácter de autoridades fiscales para recaudar las contribuciones a las que se refiere el artículo 2°.

Estos organismos fiscales autónomos cuentas con las siguientes facultades:

  • Facultad recaudadora. Percibir las contribuciones que marcan las leyes vigentes en materia fiscal.
  • Facultad fiscalizadora. Auditorías, revisiones y/o inspecciones sobre las operaciones económicas y actos de los contribuyentes.
  • Facultad sancionadora. Realizar el cobro coactivo de los créditos fiscales, más las sanciones económicas correspondientes (multas).

Los organismos fiscales autónomos son:
  • Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  • Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
  • Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

Servicio de Administración Tributaria

    El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala esta Ley.


Instituto Mexicano del Seguro Social

    Es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios. El IMSS, en su carácter de organismo fiscal autónomo, ejercerá las atribuciones que la ley le confiere de manera ejecutiva, con autonomía de gestión y técnica para recaudar las aportaciones de seguridad social, que como vimos al inicio, son contribuciones.


Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

    El INFONAVIT es un organismo de servicio social, que al igual que el IMSS, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, sus cuotas también son contribuciones del tipo de seguridad social por lo que tienen el carácter de fiscales.


Comisión Nacional del Agua

    Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Una de las atribuciones de la CONAGUA es ejercer las atribuciones fiscales en materia de administración, determinación, liquidación, cobro, recaudación y fiscalización de las contribuciones y aprovechamientos que se le destinen o en los casos que señalen las leyes respectivas, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación.


R e f e r e n c i a s:

  • Cámara de Diputados. (1981). Código Fiscal de la Federación [Última reforma publicada DOF 12-11-2021]. Secretaría de Servicios Parlamentarios. Recuperado el 07 de enero de 2022 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf
  • Cámara de Diputados. (1995). Ley del Servicio de Administración Tributaria [Última reforma publicada DOF 01-12-2018]. Secretaría de Servicios Parlamentarios. Recuperado el 07 de enero de 2022 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/93_041218.pdf
  • Cámara de Diputados. (1995). Ley del Seguro Social [Última reforma publicada DOF 23-04-2021]. Secretaría de Servicios Parlamentarios. Recuperado el 07 de enero de 2022 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92_230421.pdf
  • Cámara de Diputados. (1972). Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores [Última reforma publicada DOF 31-07-2021]. Secretaría de Servicios Parlamentarios. Recuperado el 07 de enero de 2022 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_del_Instituto_del_Fondo_Nacional_de_la_Vivienda.pdf
  • Cámara de Diputados. (1992). Ley de Aguas Nacionales [Última reforma publicada DOF 06-01-2020]. Secretaría de Servicios Parlamentarios. Recuperado el 07 de enero de 2022 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.pdf



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